Casación No. 253-2009

Sentencia del 10/05/2010

“...Al efectuarse el estudio comparativo invocado por la Superintendencia de Administración Tributaria, en violación de doctrina legal por inaplicación de la misma, se establece que efectivamente a la autoridad tributaria no se le puede condenar en costas, en virtud que actúa dentro del proceso, como Representante del Estado, con el objeto de proteger el patrimonio de éste, por consiguiente su intervención en el mismo se presume de buena fe. De ahí que por lo argumentado por la Superintendencia de Administración, la Procuraduría General de la Nación y la jurisprudencia constitucional citada que se identifica con los números 1049-2008, 1391-2006, 2067-2007 y 1740-2008, resulta por imperativo casar la sentencia impugnada en forma parcial, exclusivamente en lo relacionado con la condena en costas, decisión que se deja sin efecto legal...”